Requisitos para los Comprobantes de Pagos a Plazos
       


COMPROBANTES DE PAGO A PLAZOS
REQUISITOS E IMPRESION


Comprobantes de Pago a Plazos

Las personas que enajenen bienes, presten servicios u otorguen el uso o goce temporal de bienes; y cuando el pago por dichas actividades se cobre a plazos, excepto tratándose de contribuyentes que realicen operaciones con el público en general, estarán obligadas a expedir comprobantes, los cuales deberán imprimirse por personas autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria y contener:

Los requisitos establecidos en el Artículo 32 de la Ley Impuesto al Valor Agregado y 29-A del Código Fiscal de la Federación:

I) El nombre impreso, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes.

II) Contener impreso el número de folio.

III) Lugar y fecha de expedición.

IV) Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expide.

V) El importe de la parcialidad que ampare.

VI) La forma como se realizó el pago de la parcialidad.

VII) El monto del impuesto trasladado.

VIII) El monto del impuesto retenido (en su caso).

IX) Número y fecha de expedición del comprobante de origen.

X) Vigencia del comprobante.

* En el caso de personas físicas que tributen conforme al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales así como en el Régimen Intermedio; además deberan imprimir la leyenda “Efectos fiscales al pago” de conformidad con lo señalado en el Art.133 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Así mismo deberán contener los requisitos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente:

A) La cédula de identificación fiscal la que en el caso de las personas físicas deberá contener la CURP, salvo en los supuestos en que dicha cédula se haya obtenido a través del trámite de reexpedición de cédula de identificación fiscal en donde previamente se haya presentado aviso de apertura de sucesión o cédula de identificación fiscal provisional reproducida en 2.75 cm. Por 5 cm., con una resolución de 133 líneas/1200 dpi. sobre la impresión de la cédula. no podrá efectuarse anotación alguna que impida su lectura.

B) La leyenda: "la reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales", con letra no menor de 3 puntos.

C) El Registro Federal de Contribuyentes, nombre, domicilio y en su caso el número telefónico del impresor, así como la fecha en que se incluyó la autorización correspondiente en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, con letra no menor de 3 puntos.

D) La fecha de impresión.

E) La leyenda: "Número de aprobación del Sistema de Control de Impresores Autorizados" seguida del número generado por el sistema.


COMPROBANTES DE PAGO A PLAZOS - IMPRESION
AUTORIZADO SHCP

Nueva Imprenta Polanco, S. A. de C.V.
Guaymas # 11-A
Col. Roma
Del. Cuauhtémoc
C.P. 06700
• México, D.F.
5514-3020
5514-3018 • 5514-6810
ventas@comprobantesfiscales.com.mx

Comprobante Fiscal Impresor Autorizado
IMPRENTA AUTORIZADA POR
LA SHCP PARA ELABORAR
COMPROBANTES FISCALES

Igualamos formatos, diseñamos comprobantes de acuerdo a sus necesidades o si lo prefiere utilice nuestros formatos pre-diseñados

Inicio

Requisitos Personas Fisicas

Requisitos Personas Morales

¿Que es un
comprobante fiscal?

Características de los
Comprobantes Fiscales
 


Regresar a Comprobantes de Pago a Plazos - Impresion y Requisitos
Regresar a Página de Inicio


© 2005 Derechos Reservados All Rights Reserved Nueva Imprenta Polanco, S.A. de C.V. Comprobantes Fiscales