NOTAS DE CREDITO
REQUISITOS E IMPRESION
Los requisitos establecidos en Código Fiscal de la Federación para las
NOTAS DE CREDITO son:
I) El nombre impreso, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes. II) Contener impreso el número de folio. III) Lugar y fecha de expedición. IV) Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. V) Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen. VI) Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra, así como el monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse, en su caso. VII) Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación. VIII) Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado. IX) Vigencia del comprobante.
Los requisitos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para las notas de crédito son: A) La cédula de identificación fiscal la que en el caso de las personas físicas deberá contener la CURP, salvo en los supuestos en que dicha cédula se haya obtenido a través del trámite de reexpedición de cédula de identificación fiscal en donde previamente se haya presentado aviso de apertura de sucesión o cédula de identificación fiscal provisional reproducida en 2.75 cm. Por 5 cm., con una resolución de 133 líneas/1200 dpi. sobre la impresión de la cédula, no podrá efectuarse anotación alguna que impida su lectura. B) La leyenda: "la reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales", con letra no menor de 3 puntos. C) El Registro Federal de Contribuyentes, nombre, domicilio y en su caso el número telefónico del impresor, así como la fecha en que se incluyó la autorización correspondiente en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, con letra no menor de 3 puntos. D) La fecha de impresión. E) La leyenda: "Número de aprobación del Sistema de Control de Impresores Autorizados" seguida del número generado por el sistema.
AUTORIZADO PARA LA IMPRESION
DE NOTAS DE CREDITO
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